DERECHO INMOBILIARIO

Nuestra firma ofrecerá orientación durante la negociación de los términos del acuerdo, gestión de la transacción y los documentos de administración necesarios.

Quijano & Asociados cuenta con un equipo con amplia experiencia en brindar asesoría legal a clientes en transacciones del sector inmobiliario (proyectos comerciales y residenciales),  sector hotelero y de Propiedad Horizontal,  ofreciendo un servicio ágil, eficaz y completo que incluye, entre otros servicios:  la estructuración de  financiamiento de proyectos, titularización de bienes e hipotecas, adquisiciones y enajenaciones de terreno brindando previamente un informe de debida diligencia, incorporación de PH, elaboración de reglamento de copropiedad; así como también en transacciones más comunes de bienes raíces, como compras, ventas y arrendamientos.

A lo largo de nuestra trayectoria, hemos sido el brazo aliado de nuestros clientes, brindándoles entera satisfacción, y sobre todo la seguridad jurídica que necesitan en sus proyectos, mediante la prestación de amplia gama de servicios legales, como:

BIENES Y RAICES:

  • Representación a inversionistas, promotores y constructoras de proyectos residenciales y comerciales
  • Asesoría integral en transacciones de compra venta a diversos clientes
  • Elaboración de contratos de compraventa y de arrendamiento de bienes inmuebles
  • Actualizaciones catastrales, titulación de tierras y tramitación de derechos posesorios
  • Asesoría en adquisición y desarrollo para inversionistas institucionales
  • Trámites relacionados con zonificación y servidumbre
  • Tramitación de exoneraciones de ley e incentivos fiscales
  • Investigación y Debida Diligencias de bienes inmuebles
  • Declaración de mejoras

PROPIEDAD HORIZONTAL

  • Asesoría integral con relación a la aplicación e interpretación de Ley de Propiedad Horizontal y su Reglamento
  • Incorporación y desafectación de regímenes de propiedad horizontal
  • Elaboración y actualización de reglamentos de copropiedad y de uso
  • Restructuración de Proyecto o Incorporación de Etapas
  • Declaración de Mejoras
  • Asesoría en las Convocatorias y en las Reuniones de Junta Directiva y Asamblea de Propietarios
  • Elaboración y/o Revisión de todo tipo de Contratos (Proveedores, Contratistas, Laborales, etc).
  • Representación en cobranzas de cuota de gastos comunes y problemas de convivencia.

 

En adición a nuestros servicios legales, generamos un valor agregado a nuestros clientes al tener “Notaría in-house” y el servicio de Telemática del Registro Público de Panamá, que nos permite optimizar los tiempos en la confección de minutas y escrituras que requieran de protocolización e inscripción ante el Registro Público de Panamá.

Aspectos importantes

Panamá tiene un sistema público donde se registran todos los asuntos relacionados con bienes raíces, incluido el título, cualquier mejora de la propiedad, cargas, impedimentos y limitaciones a la propiedad.

  • Cuando se registra una propiedad inmobiliaria, se le asigna un número de parcela, que se utilizará para identificar la propiedad específica, ya que incluirá información como el nombre del propietario (s), su valor registrado, medidas de sus áreas y cualquier límite que se haya registrado en la propiedad específica.
  • Cualquier persona (extranjera o nacional, entidad natural o jurídica) puede tener un título de bienes raíces en la República de Panamá. Para proceder con la adquisición de una propiedad inmobiliaria, el comprador registrará el título a su nombre, con el registro de una Escritura Pública en un notario público, que incluye el Contrato de Compra y Venta, y pagando al los correspondientes impuestos a Dirección General de Ingresos de Panamá.
  • El registro de esta escritura pública en el Registro Público es obligatorio para la ejecución de la transferencia.

 

Lo siguiente tiene por objeto proporcionar información básica sobre los impuestos relacionados con las transacciones inmobiliarias más comunes, y cualquier consulta sobre obligaciones fiscales debe manejarse caso por caso.

  • Impuesto de Propiedad (Impuesto de Inmueble)


Los bienes inmuebles en Panamá, ya sea en áreas urbanas o rurales, están sujetos a impuestos sobre la propiedad.

  • Todas las propiedades registradas por un valor de $ 30,000 o menos, incluidas las mejoras de terrenos, por ejemplo, la construcción.
  • Tierra ocupada exclusivamente para fines agrícolas, como la agricultura, y registrada en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo por no más de $ 150,000.

La base del impuesto inmobiliario debe entenderse como la combinación del valor de la tierra y las mejoras de la propiedad, que incluye cualquier construcción en la tierra, según lo evaluado por la Oficina de Catastro. Las transacciones inmobiliarias a precios que superan el valor de tasación se registran automáticamente con el nuevo valor más alto y, por lo tanto, se convierten en la nueva base para la imposición.

 

Cuando se vende una propiedad, el impuesto de transferencia de bienes inmuebles se evalúa y calcula sobre el valor total mayor, ya sea el precio de venta o el valor registrado, más el valor de las mejoras. La tasa impositiva es el 2% del mayor de estos dos valores, más el 5% por cada año desde que posee la propiedad.

  • La temporada de impuestos inmobiliarios en Panamá ocurre tres veces al año, a fines de abril, agosto y diciembre.

 

  • Los bancos y / o prestamistas locales o extranjeros generalmente se utilizan para adquirir / comprar bienes inmuebles en Panamá, que aseguran la compra a través de un acuerdo hipotecario con el comprador. Las hipotecas deben otorgarse en forma de escritura pública ante un notario público en Panamá y registrarse en el registro público para perfeccionar el interés de seguridad.
  • El Código Civil panameño regula el arrendamiento en Panamá, que se divide en dos categorías: el primero cubre los arrendamientos residenciales con una tarifa de alquiler mensual de hasta US $ 150, y la segunda categoría cubre los arrendamientos residenciales con una tarifa de alquiler mensual de US $ 150 o más, como así como arrendamientos de locales para uso comercial, profesional, industrial o educativo (independientemente del monto de la tarifa de alquiler).
  • Un contrato de arrendamiento debe incluir: El derecho del arrendatario (en arrendamientos residenciales) a renunciar al plazo mínimo de arrendamiento y rescindir el contrato de arrendamiento en cualquier momento (con un aviso por escrito enviado al menos 30 días antes de la fecha de terminación), el derecho para subarrendar, la obligación de depositar en el Ministerio de Vivienda una suma igual a la tarifa de alquiler acordada, el derecho del arrendatario (en arrendamientos residenciales) a ejercer su profesión dentro de la propiedad arrendada, a menos que interrumpa el disfrute pacífico de la propiedad o viola la ley. Los contratos de arrendamiento deben estar registrados en el Ministerio de Vivienda; y también como escritura pública en un Notario Público (cuando su plazo exceda de seis años), siendo 20 años el período de tiempo máximo permitido para un contrato de arrendamiento. Sin embargo, ambas categorías de arrendamiento podrían registrarse en el Registro Público para informar a terceros potencialmente interesados.

 

  • Para construir en Panamá, antes del inicio de la construcción, los planos necesarios deben ser firmados por un profesional debidamente autorizado por la Junta Técnica de Ingenieros y Arquitectos del Ministerio de Obras Públicas; y luego aprobado por la Dirección de Obras y Construcciones Municipales.
  • Una vez finalizada la construcción, se debe presentar una solicitud de permiso de ocupación a la Dirección de Obras y Construcciones Municipales. Para obtener el permiso de ocupación, el constructor ya debe tener el permiso de construcción, el permiso emitido por la Oficina de Seguridad del Departamento de Bomberos, un permiso de electricidad y un permiso para la instalación de aires acondicionados (cuando corresponda).
  • La ley de condominios de Panamá se llama el "régimen de propiedad horizontal" que regula los derechos de los propietarios cuando se posee un apartamento en un edificio construido en terrenos de uso común; y divide la propiedad en áreas comunes y privadas y establece los derechos, obligaciones y limitaciones que cada propietario de la unidad tiene con respecto a estas áreas.