Procedimiento Especial de Adquisiciones en Panamá: Resolución de Gabinete No. 18 de 31 de marzo de 3020

El Consejo de Gabinete mediante Resolución No. 18 de 31 de marzo de 2020, (que modifica en parte la Resolución No. 11 de 13 de marzo de 2020, que declaró el Estado de Emergencia Nacional como consecuencia de la enfermedad infeccionada CoViD-19), resuelve en su artículo 2 la autorización de contratación mediante procedimiento especial de adquisiciones para la ejecución de obras y adquisición de bienes y servicios que sean requeridos para mitigar situaciones relacionados con dicho Estado de Emergencia. En la misma Resolución, en su artículo 3 se establece la suma de cincuenta millones de balboas con 00/100 (B/. 50,000,000.00) para contrataciones especiales en un periodo de ciento ochenta días, de conformidad con lo establecido en el Artículo 79 del Texto Único de la Ley 22 del 27 de junio de 2006, ordenada por la Ley 61, 2017.

Esta nueva Resolución modifica la suma total autorizada para contrataciones especiales a cuatrocientos veintisiete millones setecientos treinta y cuatro mil setecientos once dólares 00/100 (US$ 427,734,711.00), a realizarse en un periodo de ciento ochenta días calendario.

Además, le corresponderá al Ministerio de la Presidencia asignar las partidas a las diferentes entidades, las cuales deberán administrar y autorizar los recursos de conformidad a la Ley que dicta el Presupuesto General del Estado, mientras dure el Estado de Emergencia Nacional.

Es importante señalar que, las entidades que gestionen el procedimiento especial deberán presentar el informe correspondiente ante el Consejo de Gabinete, tal como lo establece el Texto Único de la Ley 22 de 2006, que regula la Contratación Pública.